1.
Presentación
La política
para el tratamiento de datos personales en el Instituto Nacional de Vías
constituye el documento marco para el cumplimiento de los estándares legales
establecidos por el Gobierno Nacional relacionados con la protección a los
datos personales. Su formulación obedece al mandato legal relacionado con el
derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y
rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de
datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías frente a la
metería, que desarrollan la Ley y la Constitución Política de Colombia.
De esta
forma, no solo se cumple con el mandato legal de proteger los datos sino que se
da cumplimiento especial a la Constitución, la cual establece en su artículo 20
el derecho fundamental de acceso a la información; y también, a su vez consagra
en su artículo 15, derechos y garantías a quienes ostentan la titularidad de
dicha información, tales como, la protección a la intimidad personal y
familiar, al buen nombre, y a conocer, actualizar y rectificar la información
que sobre ellas se haya recolectado, almacenamiento, o haya sido objeto de uso,
circulación o supresión de las bases de datos y archivos de entidades públicas
y privadas. De conformidad con el referido artículo 15 de la Constitución, se
expidió la Ley Estatutaria 1581 del 17 de Octubre de 2012, la cual establece
los principios y disposiciones aplicables al tratamiento de datos personales, y
en su literal k del artículo 17 y literal f del artículo 18, menciona el deber
de los responsables y encargados del tratamiento de los datos, el adoptar
políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la ley,
y en especial para la atención de consultas y reclamos por parte de los titulares.
Así es como se da la necesidad contar con esta política.
Se trata del
conjunto de lineamientos generales relacionados con el registro, custodia,
protección, entrega, modificación y/o supresión de los datos personales
capturados por el INVÍAS en cumplimiento de su gestión misional y
administrativa y, en especial, para la atención de consultas y reclamos por
parte de los titulares de los datos personales, de conformidad con la Ley 1581
de 2012 y su decreto reglamentario número 1377 de 2013, así como las garantías
legales que deben cumplir todos los ciudadanos y usuarios para el debido
tratamiento de dicha información. Los principios y disposiciones contenidas en
la presente política son aplicables a los datos personales registrados en
cualquier base de datos que los haga susceptibles de tratamiento por parte del
Instituto Nacional de Vías siendo estos de naturaleza pública o privada.
1.
Introducción
El Instituto Nacional de Vías –
INVÍAS, adopta la presente política para el tratamiento de datos personales con
el propósito de establecer las condiciones de organización, obligaciones de los
implicados e intervinientes en el tratamiento y uso de la información de
carácter personal, régimen de funcionamiento y procedimientos aplicables al
tratamiento de datos personales que en el desarrollo de sus funciones propias
como entidad pública de orden nacional, tenga que solicitar, utilizar,
almacenar, corregir, ceder o suprimir. Los lineamientos aquí descritos
contienen todos los elementos esenciales, sencillos y seguros para el
cumplimiento con la legislación correspondiente a la Protección de Datos
Personales que INVÍAS, como responsable del tratamiento de Datos debe cumplir,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 del Decreto Reglamentario 1377 de
2013.
En primera medida, resulta
importante resaltar que los datos administrados o tratados por INVÍAS son de
naturaleza pública, debido a que su tratamiento se realiza por mandato legal y
en cumplimiento a una función pública reglada. Desde luego y en desarrollo de
sus funciones específicas puede tratar, ocasional o circunstancialmente, datos
de naturaleza reservada o sensible. Por tanto, el Instituto posee, administra y
controla dos grupos de bases de datos. Una en la cual se recolectan y almacenan
datos de naturaleza pública, los cuales son recogidos por medio de los
registros públicos, de los cuales el responsable, posee fa facultad de
solicitar al titular, previa autorización, su tratamiento, actualización,
supresión o rectificación. Por otra parte, las bases de datos referentes a
datos personales que no son públicos, las cuales se encuentran sujetas a todas
y cada una de las obligaciones que dispone la Ley o los decretos reglamentarios
que reglamenten el asunto, lo adicionen o deroguen, en materia de Protección de
Datos Personales y reserva legal.
La entidad es responsable de dar
aplicación a la Ley 1712 de 2014 sobre transparencia y regulación del derecho
de acceso a la información pública nacional y demás normas sobre temas
relacionados con la gestión de la información pública en cuanto a su
divulgación, publicación, recepción, clasificación y reserva, así como también,
la elaboración de instrumentos de gestión de la información y de seguimiento.
Teniendo en cuenta la importancia y la privacidad de los datos personales, el
Instituto Nacional de Vías recibe la información, la almacena y usa de forma
adecuada y segura de conformidad con las regulaciones actuales de protección de
información y privacidad, sin impedir que el titular pueda verificar la
exactitud de la misma y ejercer sus derechos relativos a conocer, actualizar,
rectificar y suprimir la información suministrada, así como su derecho a
revocar la autorización suministrada para el tratamiento de sus datos.
Datos de identificación del
responsable del tratamiento:
Nombre: Instituto Nacional de Vías -
INVÍAS
Dirección: Carrera 59 No. 26-60, edificio
INVÍAS. Bogotá D.C.
Teléfono: PBX: (57+1) 7056000 exts. 1158
-1439 Línea Gratuita: 01 8000 971 907
2.
Ámbito
de aplicación
La Política para el tratamiento de Datos Personales, se
aplicará a todas las bases de datos y/o archivos que contengan datos personales
y que sean objeto de tratamiento por el Instituto Nacional de Vías, considerado
como responsable y/o encargado del tratamiento de este tipo de datos. Los
procedimientos y lineamientos generales sobre el asunto, serán de obligatorio
cumplimiento para todas las unidades ejecutoras del Instituto que administren,
custodien y/o almacenen información personal de ciudadanos, usuarios,
contratistas, organizaciones o interesados para el desarrollo normal y óptimo
de sus funciones, incluidas las direcciones territoriales.
Así mismo, estos términos aplican para cualquier registro
de datos personales realizado en forma presencial, electrónica o telefónica
para la vinculación a cualquier trámite, servicio o beneficio del INVÍAS.
Aunque la entidad se encarga directamente del tratamiento de los datos
Personales, se reserva el derecho a delegar en un tercero tal tratamiento
exigiendo así mismo al encargado, la atención e implementación de los
lineamientos y procedimientos idóneos para la protección de los datos
personales y la estricta confidencialidad de los mismos.
3.
Marco
normativo
Constitución Política de Colombia
|
lArtículos 15 (Habeas Data), 20 y 74 (Acceso a la
información).
|
Leyes
|
lLey 1266 del 31 de diciembre de 2008 “Por la cual se dictan las
disposiciones generales del Habeas Data y se regula el manejo de la
información contenida en bases de datos personales, en especial la
financiera, crediticia, comercial, de servicios y proveniente de terceros
países y se dictan otras disposiciones”. lLey 1581 de 2012 “Por el cual se dictan disposiciones
generales para la protección de datos personales”. lLey 1712 de 2014 “Por
medio de la cual se crea la ley de transparencia y del derecho de acceso a la
información pública nacional y se dictan otras disposiciones”. lLey 1755 de 2015 "Por
medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo"
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Decretos
|
lDecreto 1727 de 2009, reglamentario de la ley 1266 “Por el cual se
determina la forma en la cual los operadores de los bancos de datos de
información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente
de terceros países, deben presentar la información de los titulares de la
información.”
lDecreto 1377 de 2013 “Por el cual se reglamenta
parcialmente la Ley 1581 de 2012” lDecreto 103 de 2015 “Por el cual se reglamenta
parcialmente la Ley 1712 de 2014 y se dictan otras disposiciones”
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Jurisprudencia
|
lSentencia de la Corte Constitucional C-1011 de 2008
mediante la cual se estudia la
|
4.
Definiciones
Las siguientes definiciones, permiten una correcta y
apropiada interpretación de la Ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios,
y son indispensables para la protección del habeas data, lo que contribuye a
determinar las responsabilidades de los involucrados en el tratamiento de datos
personales.
Aviso de privacidad:
Comunicación verbal o escrita generada por el responsable, dirigida al titular
para el tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa
acerca de la existencia de las políticas de tratamiento de información que le
serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del
tratamiento que se pretende dar a los datos personales.
Autorización:
Consentimiento previo, expreso e informado del titular de los datos personales
para llevar a cabo el tratamiento de datos personales.
Base de datos:
Conjunto organizado de datos personales objeto de Tratamiento.
Dato personal:
Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o a varias personas
naturales determinadas o determinables. Debe entonces entenderse el “dato
personal” como una información relacionada con una persona natural (persona
individualmente considerada).
Dato personal público:
Toda información personal que es de conocimiento libre y abierto para el
público en general.
Dato personal
privado: Toda información personal que tiene un conocimiento restringido, y
en principio privado para el público en general.
Dato público: Es
el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos
públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a
su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público. Por
su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en
registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales, y
sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a
reserva.
Dato semiprivado:
Es semiprivado el dato que no tiene naturaleza íntima, reservada, ni pública y
cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no sólo a su titular sino a
cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general.
Dato sensible:
Aquel dato que afecta la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede
generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o
étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la
pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que
promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos
y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a
la salud, a la vida sexual y los datos biométricos, entre otros, la captura de
imagen fija o en movimiento, huellas digitales, fotografías, iris,
reconocimiento de voz, facial o de palma de mano, etc.
Datos abiertos:
Son todos aquellos datos primarios o sin procesar, que se encuentran en
formatos estándar e interoperables que facilitan su acceso y reutilización, los
cuales están bajo la custodia de las entidades públicas o privadas que cumplen
con funciones públicas y que son puestos a disposición de cualquier ciudadano,
de forma libre y sin restricciones, con el fin de que terceros puedan
reutilizarlos y crear servicios derivados de los mismos.
Documento de
Archivo: Es el registro de información producida o recibida por una entidad
pública o privada en razón de sus actividades o funciones.
Encargado del
tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí
misma o en asocio con otros, realiza el tratamiento de datos personales por
cuenta del responsable del tratamiento.
Información: Se
refiere a un conjunto organizado de datos contenido en cualquier documento que
los responsables y/o encargados del tratamiento generen, obtengan, adquieran,
transformen o controlen.
Información pública:
Es toda información que el responsable y/o encargado del tratamiento, genere,
obtenga, adquiera, o controle en su calidad de tal.
Información pública
clasificada: Es aquella información que estando en poder de un sujeto
responsable en su calidad de tal, pertenece al ámbito propio, particular y
privado o semiprivado de una persona natural o jurídica, por lo que su acceso podrá
ser negado o exceptuado, siempre que se trate de las circunstancias legítimas y
necesarias y los derechos particulares o privados consagrados en la ley.
Información pública
reservada: Es aquella información que estando en poder de un sujeto
responsable en su calidad de tal, es exceptuada de acceso a la ciudadanía por
daño a intereses públicos.
Responsable del
tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí
misma o en asocio con otros, decide sobre la base de datos y/o el Tratamiento
de los datos.
Titular: Persona
natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento.
Transferencia: La transferencia de datos tiene lugar cuando
el responsable y/o encargado del tratamiento de datos personales, ubicado en
Colombia, envía la información o los datos personales a un receptor, que a su
vez es responsable del tratamiento y se encuentra dentro o fuera del país.
Transmisión:
Tratamiento de datos personales que implica la comunicación de los mismos
dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por
objeto la realización de un tratamiento por el encargado por cuenta del
responsable.
Tratamiento:
Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales
como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
5.
Tratamiento
de datos personales en Invías
El tratamiento que realizará el Instituto Nacional de Vías
respecto de los datos personales será el de recolectar, almacenar, procesar,
usar y transmitir o transferir, según corresponda, atendiendo de forma estricta
los deberes de seguridad y confidencialidad ordenados por la Ley 1581 de 2012 y
el Decreto 1377 de 2013. Cuando INVIAS reciba información que le haya sido
transferida por otras entidades debido a su solicitud o por razón diferente, le
dará el mismo tratamiento de confidencialidad y seguridad que le proporciona a
la información producida por él mismo.
5.1.
Clasificación esencial de datos personales
Los datos personales se dividen dato público, dato
semiprivado y dato privado, todos ellos enunciados en el acápite de
definiciones. El Instituto Nacional de Vías advierte que trata sin previa
autorización del titular los datos personales de naturaleza pública y los
contenidos en los registros públicos, estos últimos por tratarse de una función
pública reglada reconocida por la ley, sin que esto implique que la entidad no
adopte las medidas necesarias que garanticen el cumplimiento de los otros
principios y obligaciones contempladas en la Ley 1581 de 2012 y demás normas
que regulan la materia.
Existe una clasificación de datos que por su especialidad
merecen un nombramiento específico, además de reglar su tratamiento; estos son
los datos sensibles y los datos de menores.
5.1.1.
Datos
sensibles
Son datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del
titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como
aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las
convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos,
organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de
cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de
partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la
vida sexual y los datos biométricos. En caso de que INVÍAS reciba este tipo de
información personal, restringirá el tratamiento de datos personales sensibles
a lo estrictamente indispensable y solicitará consentimiento previo y expreso a
los titulares (o sus representantes legales o apoderados) informando sobre la
finalidad exclusiva de su tratamiento.
5.1.1.1. Tratamiento de datos sensibles
El tratamiento de datos sensibles está prohibido en la
entidad, salvo cuando:
l
El titular haya dado su autorización explícita a
dicho tratamiento, excepto en los casos que por ley no sea requerido el
otorgamiento de dicha autorización. l El
tratamiento sea necesario para salvaguardar el interés vital del titular y éste
se encuentre física o jurídicamente incapacitado. En estos eventos, los
representantes legales deberán otorgar su autorización. l
El tratamiento sea efectuado en el curso de las actividades legítimas y con las
debidas garantías por parte de una fundación, ONG, asociación o cualquier otro
organismo sin ánimo de lucro, cuya finalidad sea política, filosófica,
religiosa o sindical, siempre que se refieran exclusivamente a sus miembros o a
las personas que mantengan contactos regulares por razón de su finalidad. En
estos eventos, los datos no se podrán suministrar a terceros sin la
autorización del titular.
l
El tratamiento se refiera a datos que sean
necesarios para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un
proceso judicial.
l
El tratamiento tenga una finalidad histórica,
estadística o científica. En este evento deberán adoptarse las medidas
conducentes a la supresión de identidad de los titulares.
En caso de recibir y almacenar datos sensibles, INVÍAS
cumplirá con las siguientes obligaciones:
1.
Informar al titular que por tratarse de datos
sensibles no está obligado a autorizar su tratamiento.
2.
Informar al titular de forma explícita y previa,
además de los requisitos generales de la autorización para la recolección de
cualquier tipo de dato personal, cuáles datos objeto de Tratamiento son de
carácter sensible y la finalidad del tratamiento, y obtener el consentimiento
expreso.
3.
No condicionar ninguna actividad a que el
titular suministre datos personales sensibles (salvo que exista una causa legal
o contractual para hacerlo).
5.1.2.
Datos
de menores
Se asegurará el respeto a los derechos prevalentes de los
niños, niñas y adolescentes en la recolección, uso y tratamiento de los datos
personales. Para el caso de INVÍAS, queda proscrito el tratamiento de datos
personales de niños, niñas y adolescentes, salvo aquellos datos que sean de
naturaleza pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la
ley 1581 de 2012, y en caso de ser públicos, cuando dicho tratamiento cumpla
con los siguientes parámetros y requisitos:
a) Que
responda y respete el interés superior de los niños, niñas y adolescentes.
b) Que se
asegure el respeto de sus derechos fundamentales.
Cumplidos los anteriores requisitos, el representante
legal o tutor del niño, niña o adolescente, otorgará la autorización previo
ejercicio del menor de su derecho a ser escuchado, opinión que será valorada
teniendo en cuenta la madurez, autonomía y capacidad para entender el asunto,
conforme lo señalado en la Sentencia C-748/11 de la Corte Constitucional. Todo
responsable y encargado involucrado en el tratamiento de los datos personales
de niños, niñas y adolescentes, deberá velar por el uso adecuado de los mismos.
Para este fin deberán aplicarse los principios y obligaciones establecidos en
la Ley 1581 de 2012 y el decreto 1377 de 2013.
5.2.
Principios
para el tratamiento de datos personales
El Instituto Nacional de Vías, en el desarrollo,
interpretación y aplicación de la Ley 1581 de 2012 y las normas que la
complementan, modifican o adicionan, aplicará de manera armónica e integral los
siguientes principios rectores:
Principio de acceso
y circulación restringida: El tratamiento se sujeta a los límites que se
derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la
presente política, de la Ley, y la Constitución. En este sentido, el
tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por
las personas previstas por ley.
Los datos personales, salvo la información pública, no
podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o
comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para
brindar un conocimiento restringido sólo a los titulares o terceros autorizados
conforme a la ley. Para estos propósitos, la obligación del INVÍAS será de
medio y no de resultado.
Principio de
celeridad: Este principio busca la agilidad en el trámite y la gestión
administrativa.
Principio de
confidencialidad: Todas las personas, servidores públicos o no, que
intervengan en la recolección, uso y tratamiento de datos personales que no
tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la
información, incluso luego de finalizada su relación con alguna de las labores
que comprende el tratamiento. En consecuencia, se comprometen a conservar y
mantener de manera estrictamente confidencial y no revelar a terceros, la información
personal, contable, técnica, comercial o de cualquier otro tipo suministrada en
la ejecución y ejercicio de sus funciones.
Principio de
facilitación: Los responsables del tratamiento deberán facilitar el
ejercicio del derecho de acceso a la información, excluyendo exigencias o
requisitos que puedan obstruirlo o impedirlo.
Principio de
finalidad: La recolección, uso y tratamiento de datos personales obedecerán
a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual será
informada al titular de los datos.
Principio de
gratuidad: Según el cual, el acceso a la información es gratuito y no se
podrá cobrar valores adicionales al costo de reproducción de la información.
Principio de
legalidad: La recolección, uso y tratamiento de datos personales se
fundamentará en lo establecido por la Ley y las demás disposiciones que la
desarrollen.
Principio de
libertad: La recolección, uso y tratamiento de datos personales sólo puede
ejercerse con el consentimiento previo, expreso e informado del titular. Los
datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización,
o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento.
Principio de máxima
publicidad para titular universal: Toda información en posesión, bajo
control o custodia de un sujeto obligado es pública y no podrá ser reservada o
limitada sino por disposición constitucional o legal, de conformidad con la
Ley.
Principio de no
discriminación: De acuerdo al cual el responsable del tratamiento de datos
deberá entregar información a todas las personas que lo soliciten, en igualdad
de condiciones, sin hacer distinciones arbitrarias.
Principio de
seguridad: Los datos personales e información sujeta a tratamiento público,
será objeto de protección y deberá manejarse con las medidas y recursos
técnicos, humanos y administrativos que sean necesarios para brindar seguridad
a los registros, así como con la adopción de herramientas tecnológicas de
protección, evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado
o fraudulento.
Principio de
transparencia: En la recolección, uso y tratamiento de datos personales
debe garantizarse el derecho del titular a obtener del responsable del
tratamiento o del encargado, en cualquier momento y sin restricciones,
información acerca de la existencia de datos que le conciernan.
Principio de
veracidad o calidad: La información sujeta a tratamiento debe ser veraz,
completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el
tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a
error.
5.3. Deberes de
Invías como responsable del tratamiento de datos personales
INVÍAS tiene presente que los Datos
Personales son de propiedad de las personas a las que se refieren y solamente
ellas pueden decidir sobre los mismos. Así mismo, el Instituto hará uso de
dichos datos solamente para las finalidades para las que se encuentra
debidamente facultada y respetando, en todo caso, la normatividad vigente sobre
la Protección de Datos Personales. Es deber de la entidad atender los deberes
previstos para los Responsables y Encargados del Tratamiento, contenidos en el
artículo 17 y 18 de la Ley 1581 de 2012, o normas que la reglamenten o
modifiquen, a saber:
A.
Garantizar al titular, en todo tiempo, el pleno
y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data.
B.
Solicitar y conservar, en las condiciones
previstas en la presente ley, copia de
la respectiva autorización otorgada por el titular, para el uso y tratamiento
de los datos personales.
C.
Informar debidamente al Titular sobre la
finalidad de la recolección y los derechos que le asisten, en virtud de la
autorización otorgada.
D.
Conservar la información bajo las condiciones de
seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o
acceso no autorizado o fraudulento.
E.
Garantizar que la información que se suministre
al encargado del tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada,
comprobable y comprensible.
F.
Actualizar la información, comunicando de forma
oportuna al encargado del tratamiento, todas las novedades respecto de los
datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas
necesarias para que la información suministrada a éste, se mantenga
actualizada.
G.
Rectificar la información cuando sea incorrecta
y comunicar lo pertinente al encargado del tratamiento.
H.
Suministrar al encargado del tratamiento, según
el caso, únicamente datos cuyo tratamiento esté previamente autorizado de
conformidad con la ley 1581 de 2012.
I.
Exigir al encargado del tratamiento en todo
momento, el respeto a las condiciones de seguridad y privacidad de la
información del titular.
J.
Tramitar las consultas y reclamos formulados.
K.
Adoptar una política interna para el tratamiento
de datos y los procedimientos necesarios para garantizar el adecuado
cumplimiento de la ley y para la atención de consultas y reclamos.
L.
Abstenerse de circular información que esté
siendo controvertida por el titular y cuyo bloqueo haya sido ordenado por la
Superintendencia de Industria y Comercio.
M.
Registrar en la base de datos respectiva, la
leyenda “reclamo en trámite” en la forma en que se regula por la ley 1581.
N.
Insertar en la base de datos la leyenda “información
en discusión judicial” una vez notificado por parte de la autoridad competente
sobre procesos judiciales relacionados con la calidad del dato personal.
O.
Permitir el acceso a la información únicamente a
las personas que pueden tener acceso a ella.
P.
Informar a solicitud del titular sobre el uso
dado a sus datos.
Q.
Informar a la Superintendencia de Industria y
Comercio cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan
riesgos en la administración de la información de los titulares.
R.
Cumplir las instrucciones y requerimientos que
imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.
5.4.
Información
que se recopila
Inicialmente y sin perjuicio de que el Instituto pueda
recopilar a través de otro medio cualquier otro dato personal, en la vigencia
de la presente política de participación ciudadana, INVÍAS recolecta
información y datos personales en el momento en que son
ingresados en los sistemas de correspondencia y
peticiones, quejas, reclamos, denuncias y sugerencias, en las cuales el titular
informa libremente sus datos personales, principalmente los relacionados con su
nombre, tipo y número de documento de identidad, dirección de domicilio,
dirección de correo electrónico, número telefónico de contacto, entre otros.
Además, se recolecta y administran los datos personales de
los ciudadanos encuestados, como parte de los procesos de medición de atención
y satisfacción que adelante la entidad. Finalmente, INVÍAS administra los datos
personales solicitados por el personal de seguridad al momento de permitir el
ingreso a las instalaciones de la entidad y cualquier otro dato personal de
contratistas, personas naturales o jurídicas que tienen algún vínculo
contractual con la entidad. El Instituto podrá solicitar información adicional
(sensible), la cual podrá ser suministrada por parte del titular de manera
libre y voluntaria.
5.5.
Finalidad
y modo en el que se utiliza la información
Previa autorización del titular de los datos personales,
se le permitirá al Instituto Nacional de Vías darle el siguiente tratamiento:
l
Para los fines administrativos propios de la
entidad.
l
Caracterizar ciudadanos y grupos de interés y
adelantar estrategias de mejoramiento en la prestación del servicio.
l
Dar tratamiento y respuesta a las peticiones,
quejas, reclamos, denuncias y/o sugerencias
presentados a la entidad. l Analizar,
evaluar y generar datos estadísticos así como indicadores para la formulación
de políticas y mejoras administrativas.
l
Conocer y consultar la información del titular
del dato que reposen en bases de datos de entidades públicas
o privadas. l Adelantar
encuestas de atención y satisfacción de usuarios. l
Envío de información de interés
general. l Recopilar
información de ciudadanos asistentes a capacitación, audiencias, rendición de
cuentas y talleres desarrollados por la entidad.
Cualquier otro tipo de finalidad que se pretenda dar a los
datos personales, deberá ser informado previamente, en el aviso de privacidad y
en la respectiva autorización otorgada por el titular del dato, según sea el
caso, y siempre teniendo en cuenta los principios rectores para el tratamiento
de los datos personales, establecidos por la Ley, el presente documento y las
demás normas que desarrollen la materia.
6.
Derechos
de los titulares
El Instituto Nacional de Vías garantiza al titular de
datos personales, el pleno ejercicio de los derechos que se relacionan a
continuación:
l Acceder
en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de tratamiento. l Conocer,
actualizar y rectificar sus datos personales. Este derecho se podrá ejercer
también, frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que
induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento esté expresamente
prohibido o no haya sido autorizado.
l Solicitar
prueba de la autorización otorgada a INVÍAS para el tratamiento de sus datos
personales, salvo los casos en los que la Ley exceptúa la autorización y
de acuerdo a las condiciones y características de la autorización de
la entidad. l Presentar
ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo
dispuesto en la ley y las demás normas que la modifiquen, adicionen o
complementen. l Revocar
la autorización y/o solicitar la supresión de uno a más datos cuando en el
tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías
constitucionales y legales. La revocatoria
y/o
supresión procederá cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya
determinado que en el tratamiento de los datos se ha incurrido en conductas
contrarias a la ley
y a la Constitución.
l Ser
informado de la política para el tratamiento de datos personales de la entidad
y la finalidad que se le dará a sus datos, previa solicitud elevada a
través de los canales de atención. l Identificar al responsable en INVÍAS que
dará trámite y respuesta a sus solicitudes.
Los
derechos anteriormente descritos solamente se reconocen y garantizan sobre los datos
de carácter
personal de las personas naturales que se encuentren almacenados en bases de
datos diferentes
a la de los registros públicos. Posteriormente se definen los
procedimientos implementados para garantizar
estos derechos.
7.
Autorización
para el tratamiento de datos personales
Cuando se trate de datos diferentes a los de naturaleza
pública, definidos en el numeral 2 del artículo 3 del Decreto 1377 de 2013,
reglamentario de la ley para la protección de datos personales, el Instituto
Nacional de solicitará a más tardar en la recolección de la información,
autorización del titular para el uso y tratamiento de sus datos personales, por
cualquier medio que permita ser utilizado como prueba. Según el caso, la
autorización puede ser parte de un documento más amplio como por ejemplo, de un
contrato, o de un documento específico (formato, formulario, otrosí, etc.).
En caso de tratarse de datos de carácter personal privados
correspondientes a personas naturales, la descripción de la finalidad del tratamiento
de los datos se informará mediante el mismo documento específico o
adjunto.
Vale
la pena aclarar que por ser el Instituto una entidad pública, la autorización
no es necesaria cuando los datos personales se requieran para el ejercicio de
funciones. En todo caso INVÍAS deberá informar al titular cuál es la finalidad
o finalidades para las que se va a obtener la información.
No tener que obtener la autorización, cuando se está en
ejercicio de funciones, no implica que la entidad pública se pueda sustraer del
cumplimiento de los demás deberes como Responsable o Encargado del Tratamiento
y no significa que toda la información personal pueda ser divulgada, pues gozan
de reserva los documentos e informaciones que involucren derechos a la
privacidad e intimidad de las personas, es decir datos privados, datos
sensibles y datos de niños, niñas y adolescentes. La información con reserva
legal que maneja el Instituto Nacional de Vías esta descrita en el índice de
información clasificada y reservada de la entidad, adoptado mediante resolución
9740 de 14 de diciembre de 2017.
7.1. Medio y manifestaciones para otorgar
la autorización
La autorización puede constar en un documento físico,
electrónico, mensaje de datos, Internet, Sitios Web, en cualquier otro formato
que permita garantizar su posterior consulta, o mediante un mecanismo técnico o
tecnológico idóneo, que permita manifestar u obtener el consentimiento vía clic
o doble clic, mediante el cual se pueda concluir de manera inequívoca, que de
no haberse surtido una conducta del titular, los datos nunca hubieren sido
capturados y almacenados en la base de datos. La autorización será generada por
INVÍAS y será puesto a disposición del titular con antelación y de manera
previa al tratamiento de sus datos personales.
7.2. Prueba de la autorización
INVIAS utilizará los mecanismos con que cuenta actualmente,
e implementará y adoptará las acciones tendientes y necesarias para mantener
registros o mecanismos técnicos o tecnológicos idóneos de cuándo y cómo obtuvo
autorización por parte de los titulares de datos personales para el tratamiento
de los mismos. Para dar cumplimiento a lo anterior, se podrán establecer
archivos físicos o repositorios electrónicos realizados de manera directa o a
través de terceros contratados para tal fin.
La autorización del Titular no será necesaria cuando se
trate de:
l
Información requerida por una entidad pública o
administrativa en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial.
l
Datos de naturaleza pública.
l
Casos de urgencia médica o sanitaria l Tratamiento
de información autorizado por la ley para fines históricos, estadísticos o
científicos. l Datos
relacionados con el Registro Civil de las Personas
7.3.
Aviso
de privacidad
Cuando no sea posible poner a disposición del titular la
Política de Tratamiento de la Información, el Instituto Nacional de Vías podrá
informar por medio de un Aviso de Privacidad, sobre la existencia de tales
políticas.
El Aviso de Privacidad se expedirá en medios físicos,
electrónicos o en cualquier otro formato, en donde se ponga a disposición del
titular de los datos, además de la existencia de políticas de tratamiento de
datos, la forma de acceder a ellas y la finalidad que se pretende dar a la
información. Este aviso se publicará en la página web de la entidad en un
espacio dirigido al titular de los datos.
7.4.
Criterio
diferencial de accesibilidad
Con el objeto de facilitar que las poblaciones especificas
accedan a la información que particularmente las afecte, INVÍAS, como
responsable del tratamiento podrá divulgar, si surgiere la necesidad y fueran
puestos a disposición los recursos necesarios, la información pertinente en
diversos idiomas y lenguas, y a su vez elaborará formatos alternativos
comprensibles para grupos diferenciales, asegurando el acceso a esa información
a los distintos grupos étnicos y culturales del país, así como a la adecuación
de los medios de comunicación, para facilitar y garantizar el acceso a personas
en situación de discapacidad.
7.5.
Revocatoria
de la autorización
El titular de los datos personales podrá en todo momento
solicitar al Instituto Nacional de Vías la revocatoria de la autorización
otorgada, mediante la presentación de un reclamo. La revocatoria de la
autorización no procederá cuando el titular tenga un deber legal o contractual
de permanecer en la(s) base(s) de datos de la Entidad.
Si vencido el término legal para atender el reclamo,
INVÍAS no ha eliminado los datos personales, el titular tendrá derecho a
solicitar a la Superintendencia de Industria y Comercio que ordene la
revocatoria de la autorización.
8.
Responsable
de la atención de peticiones, consultas y reclamos sobre datos personales
El Grupo de Atención al Ciudadano será el área encargada
de atender las Peticiones, Consultas, Reclamos, y Denuncias sobre el
tratamiento de datos personales en INVÍAS, o de dar traslado a la dependencia
que ostenta la custodia, administración o posesión de la base de datos en donde
se encuentra el dato personal sobre el que verse la petición, consulta o
reclamo. De cualquier forma, atención al ciudadano se encargará de realizar la
respuesta (si es competente), el seguimiento y control a la respectiva
solicitud.
9.
Procedimiento
para atención y respuesta a peticiones sobre datos personales
Se garantiza el derecho de acceso a los Titulares de los
datos personales que estén siendo recolectados, almacenados, procesados, usados
y transferidos por INVÍAS, una vez se haya verificado la identidad del titular,
su causahabiente y/o representante, poniendo a disposición de éste, los
respectivos datos personales.
Para tal efecto se garantiza el establecimiento de medios
y mecanismos electrónicos y/o presenciales sencillos y con disponibilidad
permanente, los cuales permitan el acceso directo del titular a los datos
personales, los cuales serán informados en el Aviso de Privacidad o en la
Autorización para el tratamiento de datos personales.
9.1.
Derecho
de acceso a los datos
INVÍAS garantiza el derecho de
acceso a los datos personales, una vez se haya verificado la identidad del
titular, su causahabiente y/o representante, poniendo a disposición de éste,
los respectivos datos personales. Para tal efecto se garantiza el
establecimiento de medios y mecanismos electrónicos y/o presenciales sencillos
y con disponibilidad permanente, los cuales permitan el acceso directo del
titular a los datos personales, los cuales serán informados en el Aviso de
Privacidad o en la Autorización para el tratamiento de datos personales.
9.2.
Canales
de atención habilitados para la presentación de peticiones
El Instituto Nacional de Vías dispone de los siguientes
canales de atención para sus clientes y/o usuarios, para que se puedan formular
Peticiones, Consultas, Reclamos o Denuncias relacionadas con datos personales.
Canal Presencial: Compuesto
por las ventanillas para la recepción de correspondencia y para las solicitudes
elevadas de manera verbal o escrita, así como de manera directa o verbal con el
funcionario encargado del Grupo de Atención al Ciudadano en las instalaciones
físicas de la Planta Central del instituto, ubicado en la Cra. 59 No. 26-60 –
edificio INVIAS – CAN Bogotá; o en cualquiera de las instalaciones de las 26
Direcciones Territoriales.
Canal Electrónico:
Este canal está compuesto por:
Página Web de la entidad: www.invias.gov.co. Para realizar
peticiones a través de este canal, el cliente y/o usuario podrá hacerlas en la
opción “Peticiones, quejas reclamos y denuncias” del menú “Atención al
Ciudadano”, llenando los datos necesarios para el respectivo tramite tras
acceder al icono “Registre su solicitud, petición, queja reclamo o denuncia”.
Correo electrónico institucional:
atencionciudadano@invias.gov.co
Canal Telefónico:
Este canal dispone:
Conmutador:
(+057 1) 7056000 ext. 1158 – 1439
Línea Gratuita Nacional: 01 8000 971
097
Fax: (+057 1)
7056000 ext. 1511
9.3.
Consultas
Los titulares, sus causahabientes o representantes podrán
consultar la información personal del titular que repose en cualquier base de
datos, por lo que el Instituto Nacional de Vías como responsable del
tratamiento, suministrará a éstos, toda la información contenida en el registro
individual o que esté vinculada con la identificación del titular. Así mismo,
garantiza los medios de comunicación electrónica para la formulación de
consultas, los cuales serán los mismos utilizados para la recepción y atención
de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, denuncias y/o felicitaciones
administrado por el Grupo de Atención al Ciudadano.
La consulta será atendida en un término máximo de diez
(10) días hábiles, contados a partir de la fecha de recibo de la misma. De
cumplirse el término sin que sea posible atender la consulta, INVÍAS como
responsable del tratamiento de los datos, informará al interesado, expresando
los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta,
la cual no podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento
del primer término.
9.4.
Reclamos
Los titulares o sus causahabientes que consideren que la
información contenida en una base de datos debe ser objeto de corrección,
actualización o supresión, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de
cualquiera de los deberes contenidos en la Ley y demás normas que la
desarrollan, podrán presentar un reclamo que será tramitado bajo las siguientes
requisitos:
•
Identificación del titular del dato.
•
Descripción precisa de los hechos que dan lugar
al reclamo.
•
Datos de notificación, dirección física y/o
electrónica.
•
Los demás documentos que se quiera hacer valer.
Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al
interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo
para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del
requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se
entenderá que ha desistido del reclamo.
En caso de que quien reciba el reclamo no sea competente
para resolverlo, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos
(2) días hábiles e informará de la situación al interesado. Una vez recibido el
reclamo completo, se incluirá en la base de datos una leyenda que diga “reclamo
en trámite” y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días
hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.
El reclamo será atendido en quince (15) días hábiles como
máximo, contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Si no
fuere posible atender el reclamo dentro del término establecido, INVÍAS
informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá
su reclamo, el cual no podrá superar a ocho (8) días hábiles siguientes al
vencimiento del primer término.
Nota: Tanto las consultas como los reclamos en materia de
datos personales no deben confundirse con los derechos de petición de consulta
o reclamo, reglamentado internamente por la resolución 4592 de 21-062017, cuyas
características y termino de respuesta (30 días) son diferentes.
9.5. Actualización y rectificación de datos
INVÍAS, como responsable del tratamiento de los datos,
deberá rectificar y actualizar a solicitud del titular toda información que de
éste resulte ser incompleta o inexacta. Para estos efectos, el titular o su
causahabiente y/o representante, señalará las actualizaciones y rectificaciones
a que dieran lugar, junto a la documentación que soporte su solicitud. Se
habilitaran los medios electrónicos existentes en la Entidad encaminados a
garantizar este derecho, que serán los mismos utilizados para la recepción y
atención de peticiones, quejas, reclamos, y denuncias administrado por el Grupo
de Atención al Ciudadano.
9.6.
Supresión de datos
Los Titulares podrán en todo momento y cuando consideren
que los datos no están recibiendo un tratamiento adecuado o los mismos no son
pertinentes o necesarios para la finalidad para la cual fueron recolectados,
solicitar al Instituto Nacional de la supresión de sus datos personales
mediante la presentación de un reclamo.
No obstante, la solicitud de supresión de datos no procederá
cuando el titular tenga un deber legal o contractual de permanecer en la(s)
base(s) de datos o la supresión de los datos represente un impedimento en
actuaciones administrativas o judiciales relacionadas a obligaciones fiscales,
investigación de delitos o actualización de sanciones administrativas. Si
vencido el término legal respectivo, no se han eliminado los datos personales,
el titular tendrá derecho a solicitar a la Superintendencia de Industria y
Comercio que ordene la supresión de los datos personales. INVIAS garantiza los
medios de comunicación electrónica u otros para solicitud de supresión de
datos, que serán los mismos utilizados para la recepción y atención de
peticiones, quejas, reclamos, y denuncias.
10.
Vigencia
La presente Política para el Tratamiento de Datos
Personales rige a partir de la fecha de su expedición, se divulgará a través
del portal institucional y estará sujeto a actualizaciones en la medida en que
se modifiquen o se dicten nuevas disposiciones legales sobre la materia. Cumplidas
estas condiciones, se informará a los titulares de los datos personales, sus
causahabientes o representantes, las nuevas medidas dictadas sobre la materia,
antes de implementar las nuevas políticas. Además, deberá obtener del titular
una nueva autorización cuando el cambio se refiera a la finalidad del
tratamiento.
A partir de su publicación, las diferentes unidades
ejecutoras responsables de la administración de las diferentes bases de datos
junto con todas aquellas encargadas de la seguridad de la información a nivel
institucional, deberán llevar a cabo por iniciativa propia o a solicitud de
Atención al Ciudadano o cualquiera otra dependencia, las medidas humanas,
tecnológicas, logísticas y/o administrativas para dar cumplimiento a esta
política.